martes, 1 de octubre de 2019

El dilema de la Iglesia Española

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, saluda al secretario de Estado vaticano, Pietro Parolin.
La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, saluda al secretario de Estado vaticano, Pietro Parolin, el pasado 29 de octubre.  EFE
El fallo del Tribunal Supremo sobre la exhumación de Franco sitúa a la Iglesia en un dilema: o se allana ante el pronunciamiento judicial y concede la autorización denegada hasta ahora para que el Gobierno pueda acceder a la basílica del Valle de los Caídos o sigue manteniendo la oposición al traslado al no existir consentimiento por parte de los nietos del dictador a que se saquen los restos de su abuelo.
En la sentencia, notificada este lunes a las partes, el Alto Tribunal concluye que la negativa del prior de la abadía benedictina de Cuelgamuros «debe entenderse que decae» tras determinarse que los familiares de Franco «ni tienen capacidad de disposición absoluta o ilimitada sobre un bien de titularidad pública ni sus derechos a la intimidad personal y familiar y a la libertad religiosa les confieren la facultad de impedir la exhumación legalmente acordada». 
El pronunciamiento judicial deja claro que «se requiere la autorización eclesiástica» para acceder al templo, como ya había entendido la Abogacía del Estado al solicitar el permiso al prior durante el expediente administrativo tramitado por el Ministerio de Justicia. En una carta enviada el 26 de diciembre a la ministra de Justicia, Dolores Delgado, el religioso denegaba el permiso para no incumplir «principios religiosos y morales» y no provocar «un perjuicio irreparable» a los descendientes de Franco por la posible vulneración de «derechos fundamentales» que les provocaría si daba el plácet para que se llevara a cabo la exhumación sin su consentimiento.
«Sin perjuicio de lo anterior, y como no podía ser de otra manera, esta Comunidad [religiosa] está sujeta a lo que decidan en su día las autoridades competentes que, dado el carácter conflictivo de la cuestión, no pueden ser otras que las judiciales…», concluía el prior, Santiago Cantera.
En vísperas de la campaña de las elecciones general del 10 de noviembre, el Gobierno en funciones de Pedro Sánchez pretende ejecutar «lo más rápido posible» la exhumación de los restos del dictador y su traslado a una cripta del cementerio madrileño de El Pardo-Mingorrubio, donde está enterrada la esposa de Franco. Pero ¿qué hará el prior?
De momento, esperará con seguridad a que el Supremo resuelva el recurso que interpuso contra los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros los días 15 de febrero y 15 de marzo -declarando el Alto Tribunal la suspensión cautelar de la exhumación, no revocada aún- para decidir qué camino sigue: continuar pleiteando o aquietarse. La Justicia tan sólo ha resuelto por ahora las alegaciones de los nietos de Franco, si bien ya ha avanzado en esta primera sentencia los argumentos con los que combate la postura de los benedictinos. 
El TS interpreta que «decae» la negativa del prior a la autorización eclesiástica al no haberse vulnerados los derechos de la familia Franco
Si opta por allanarse y conceder la autorización eclesiástica, el Gobierno en funciones tendría el camino totalmente expedito para levantar la losa de granito que tapa el féretro de Franco desde el 23 de noviembre de 1975 después de que el Supremo haya resuelto el escollo que suponía la suspensión de la licencia urbanística. En ese caso, la ejecución sería cuestión de días.
También cabe la posibilidad de que, con independencia del pronunciamiento del Supremo, el prior mantenga su negativa a conceder el permiso dado que se mantiene la oposición de la familia, dispuesta a llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Aquél fue el argumento esgrimido para denegar el consentimiento cuando, a finales del pasado año, el Ministerio de Justicia evacuó dicho trámite.

Bienes inmatriculados e IBI

En la carta que Carmen Calvo envió el pasado 18 de enero al secretario de Estado de la Santa Sede, Pietro Parolin, la vicepresidenta del Gobierno se quejaba por la actitud del prior e instaba al Vaticano a «remover los obstáculos» provocados por la denegación de la autorización preceptiva para acceder a la basílica a fin de evitar un «conflicto jurídico y político»indeseado. Como trasfondo aparecen los bienes inmatriculados de la Iglesia -el Gobierno trabaja en la elaboración de un listado desde 2018 con vistas a hacerlo público- y el no pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
La Iglesia española puede hacer recomendaciones pero carece de autoridad para doblegar al prior del Valle de los Caídos a fin de que éste conceda la autorización que hasta ahora ha rechazado. El religioso tan sólo responde ante el Papa. «En un problema moral y religioso como éste, solamente una decisión escrita y oficial del Papa Francisco podrá obligar al prior a renunciar a la inviolabilidad», advierten las fuentes consultadas por este diario.
La resolución del pleito por parte del Supremo coincide con la llegada de un nuevo nuncio. El Consejo de Ministros dio el visto bueno el pasado 13 de septiembre al nombramiento del arzobispo filipino Bernardito Auza como embajador vaticano en España en sustitución de Renzo Fratini. Éste se despidió con unas polémicas declaraciones -cuestionó que el Ejecutivo hubiera «resucitado» a Franco cuando hay otros «problemas» más prioritarios en España- que llevaron a Carmen Calvo a mandar una carta de queja a la Santa Sede.
Sólo el Papa puede obligar al prior a renunciar a la inviolabilidad y conceder la autorización 
En su recurso, el prior defiende que exhumar los restos del dictador sin autorización eclesiástica supone vulnerar el principio de inviolabilidad y menoscabar la competencia exclusiva de la Iglesia sobre un «lugar sagrado», consagrados en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos (artículo 1.5) y en el Canon 1213 del Código de Derecho Canónico.
El Tribunal Supremo interpreta que la inviolabilidad «no excluye la vigencia y aplicabilidad» de las leyes españolas en el interior de la basílica del Valle de los Caídos, lo que supone de facto la modificación unilateral de un tratado internacional: el acuerdo que el Estado firmó con el Vaticano el 3 de enero de 1979 y que entró en vigor el 4 de diciembre de ese año. 
En su recurso, el prior ya advertía de esta posible colisión y defendía que, en aplicación del principio de jerarquía normativa, un tratado internacional (acuerdo con la Santa Sede) prevalece sobre una norma legal unilateral interna (Ley de Memoria Histórica). «La Administración pública y los tribunales están obligados a inaplicar una disposición legal nacional cuando sea contraria a una norma superior por razón de jerarquía o de primacía», argumentaba la comunidad benedictina.

Los Franco pierden la batalla judicial

A la espera de la reacción del prior, la resolución unánime de los seis magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo es un varapalo para la familia Franco y su defensa, pues desmonta uno a uno los argumentos de su recurso contra la decisión del Gobierno de exhumar los restos del dictador del Valle de los Caídos. 
El Supremo no ve que se vulnere el derecho a «recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos» recogido en el artículo 16 de la Constitución, sino que se busca sacar a Franco de un lugar público, estatal, y «retirar del primer plano cuanto signifique un enfrentamiento civil». Tampoco que la decisión de denegar su entierro en una cripta de la catedral de la Almudena y llevarle al cementerio de Mingorrubio-El Pardo (donde está enterrada su esposa, Carmen Polo) sea arbitraria. Por último, los magistrados rechazan que la exhumación sea ilegal por motivos urbanísticos.
Precisamente este motivo era el principal escollo judicial que impedía -tras conocer el fallo favorable del Supremo el pasado martes- sacar los restos del ex jefe del Estado de donde lleva enterrado casi 44 años. El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Madrid, José Yusty, suspendió cautelarmente el informe urbanístico emitido favorablemente por los servicios técnicos del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial por motivos de «seguridad».
Sin embargo, el Supremo se muestra rotundo en este sentido y enseña el camino a Yusty, abocado ahora a archivar el procedimiento. Para los magistrados, no existe «particular dificultad» para proceder al desenterramiento. «Al fin y al cabo, se trata de levantar una losa, extraer los restos y reponer el solado original, revirtiendo así el pavimento de la Basílica a su estado anterior a 1975», despachan. 

«Naturaleza política»

En cuanto al resto de alegaciones, el Supremo se pone del lado de la Abogacía del Estado y no aprecia que se esté vulnerando ningún derecho del dictador o su familia. «Ciertamente, tiene naturaleza política la finalidad perseguida con esa exhumación e, incluso, posee una dimensión ideológica, pero ni una ni otra se proyectan sobre las convicciones religiosas. No se pretende más que retirar del primer plano, desde luego en un lugar de titularidad estatal, cuanto signifique, represente o simbolice el enfrentamiento civil», concluyen. 
El Alto Tribunal desmonta todos los argumentos que defendía la familia del dictador para oponerse al traslado de los restos 
Sobre la decisión de enviar sus restos a El Pardo, el Supremo reprocha a la familia Franco que no especificara «antes de que venciera el plazo» el lugar donde querían que descansara su abuelo. Tampoco comprenden que no hayan dicho «por qué no les parece aceptable la inhumación de los restos de su abuelo en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio, donde como subraya el acuerdo de 15 de marzo de 2019 (del Consejo de Ministros) descansan los de su abuela». 
Por último, la Sala ve razonables los motivos alegados por el Gobierno para que el cadáver del dictador no vaya a la Catedral de La Almudena. Tanto por seguridad, porque «las consecuencias de atentados y, en general, de actos violentos será siempre muy superior» por lo céntrico que está situado el edificio como por la «significación» de Franco. Es decir, el Gobierno quiere «evitar que un lugar de culto se convierta por sí mismo y con el paso del tiempo en un lugar de exaltación» y, puesto que la familia no se manifiesta sobre ninguno de estos asuntos, el Supremo acoge las razones expuestas por el Estado y rechaza el recurso de los nietos de Franco. En suma, el camino para que el cadáver del dictador salga del Valle de los Caídos está más allanado que nunca. 

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